SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2012

Fecha: 20-Ago-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante señala que se vulneró el principio de seguridad jurídica y el derecho fundamental al debido proceso por indebida fundamentación del Auto Supremo 36 de 22 de febrero de 2010; en razón a que se cometió una infracción de interpretación de las reglas de la legislación ordinaria, lo que habilita a la jurisdicción constitucional a pronunciarse sobre lo resuelto mediante la referida Resolución. Esta infracción consiste en que las autoridades demandadas en la presente acción realizaron un análisis por abstracción, cuando señalaron que interrumpida la prescripción, ésta no podía reanudarse o reiniciarse por no estar prevista tal figura en la legislación laboral, desconociendo valores superiores de justicia, igualdad y bienestar común al permitir la perpetuidad e infinitud del derecho del demandante contra el “demandado”. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada, para lo que se deberá tener en cuenta las siguientes consideraciones: