SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0824/2012

Fecha: 20-Ago-2012

III.4.  Análisis del caso concreto

Así como se tienen establecidos los antecedentes, revisados los actuados propuestos, así como los argumentos presentados; con las anotaciones realizadas en la presente Resolución; es evidente que en cuanto a la interpretación de la legalidad ordinaria, el accionante cumple de manera suficiente los requisitos para que esta jurisdicción revise si son evidentes o no las alegaciones de una insuficiente fundamentación del Auto Supremo 36 de 22 de febrero de 2010, emitido por los Ministros demandados; y realizada la revisión del referido fallo, este Tribunal no encuentra vulneración al debido proceso en el componente de “fundamentación de la resolución”, porque de manera clara y precisa resuelve sobre los motivos de casación propuestos, siendo uno de estos motivos la aplicación supletoria del art. 1506 del CC al procedimiento laboral, en conformidad con el art. 252 del CPT y el régimen de prescripción del Código Civil. Los Ministros ahora demandados resuelven y señalan que la prescripción se interrumpió dentro del plazo de ley y la aplicación excepcional, supletoria y sobreviniente que reclama el demandado -ahora accionante- del art. 1506 del CC, es inaplicable al procedimiento laboral al ser una norma sustantiva que rige en materia civil y porque la reanudación de la prescripción no está reconocida por la legislación laboral así como la perención de instancia.