SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0877/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0877/2012

Fecha: 20-Ago-2012

1)

Juan Ricardo Soto Butrón, Gabriela Cinthia Armijo Paz y Paty Yola Paucara Paco Magistrados Titulares de la Sala Primera del Tribunal Agroambiental, mediante informe escrito cursante de fs. 394 a 395 vta., refieren que: 1) Si bien el art. 129.III y IV de la CPE, hacen referencia a la presentación de informe por parte de las autoridades demandadas, sobre los actuados concernientes al hecho denunciado; dicho mandato es de imposible cumplimiento, en razón de que no intervinieron en la suscripción y/o autorización de ninguna de las Resoluciones (emitidas dentro del proceso) en las que el accionante alega se produjo la lesión a sus derechos y garantías; 2) Por otra parte tampoco se halla en su poder los actuados concernientes al supuesto acto violatorio, por cuanto el Tribunal colegiado que integran no es el mismo al que pertenecieron los codemandados Antonio Hassenteufel Salazar y Mariano Parra Ramírez, miembros del extinto Tribunal Agrario Nacional, cuyas causas pendientes de resolución al 31 de diciembre de 2011, por mandato de la ley se hallan en manos de los Magistrados Liquidadores y no así en poder de los Magistrados titulares; y, 3) El caso de autos, por las razones expuestas, los mismos no causaron los actos u omisiones que habrían, causado las supuestas lesiones, menos ostentan los cargos desde los cuales se habrían realizado dichos actos u omisiones, por cuanto el Tribunal Agrario Nacional se extinguió el 31 de diciembre de 2011, y el Tribunal Agroambiental, si bien nace por mandato constitucional el 7 de febrero de 2009, recién entra en funciones el 3 de enero de 2012, y no se constituye en sucesora del citado Tribunal; por lo expuesto siendo manifiesta la ausencia de legitimación pasiva respecto de sus personas, solicitan se deniegue la tutela.