SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2012
Fecha: 20-Ago-2012
1)
Marina Luz Valda de Castro y José Luis Tapia Torrez, en mérito al Poder Especial, Amplio y Suficiente 1432/2010 de 14 de julio, se apersonan en representación de Nila Efigenia Heredia Miranda y en audiencia presentaron informe oral, sosteniendo los siguientes fundamentos: 1) Tanto la actual Ministra como la ex Ministra de Salud y Deportes no fueron quienes designaron al accionante como funcionario de la institución, sino fue nombrado por un Director General Ejecutivo, en el mismo sentido el agradecimiento de servicios fue firmado por un funcionario del mismo rango, por lo que el accionante no es reconocido como funcionario del Ministerio de Salud y Deportes; 2) El accionante no ha empleado los recursos administrativos en contra del memorándum de destitución; 3) El actual proceso administrativo ha sido iniciado a solicitud del Viceministerio de Salud y Deportes, y que si bien, dicho proceso se encuentra anulado hasta el Auto inicial, al amparo del art. 55 de la LPA sólo se deben subsanar los defectos y proseguir con el mismo; y, 4) Actualmente existe un proceso disciplinario, consiguientemente la presente acción no cumple con el principio de subsidiariedad, al existir un proceso administrativo en pleno curso, donde se viene ventilando las alegaciones de la acción tutelar.
Cinthia Columba Jofre y Skarleth Eyleen Saavedra Alfaro, en mérito al Poder Especial, amplio y suficiente 269/2010 de 14 de julio, se apersonan en nombre de Miguel Ángel Rimba Alvis y Ricardo Llanos Jaimes, Viceministro de Salud y Director Ejecutivo a.i. Bolivia Deportes, respectivamente, y en audiencia presentan informe escrito a nombre de las citadas autoridades, el cual corre de fs. 94 a 96, el mismo que no es considerado por este Tribunal, por cuanto no se encuentra firmado ni refrendado por las autoridades demandadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad, efectos de su incumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR