Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0884/2012
Fecha: 20-Ago-2012
II.3.
II.3. A través de los memoriales de 10 de febrero, 22 de marzo, 25 de junio de 2010 y 19 de febrero, 21 de mayo, 4, 25 y 30 de junio de 2010, Jaime Pari Callisaya, remite diferentes solicitudes al Viceministerio de Promoción de Salud y Deportes, a la Jefatura de la Unidad de Gestión Jurídica del Ministerio de Salud, a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Deporte, finalmente al Ministerio de Salud y Deportes del Estado (fs. 11 a 27).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad, efectos de su incumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR