SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2012

Fecha: 20-Ago-2012

II.3.

II.3. En mérito a las divergencias relacionadas con la póliza de seguro de automotor AU2-CBB-000260, Kleber Clara Lemos suscitó controversia ante el Tribunal Arbitral, que por Laudo 002/11 de 2 de febrero de 2011, declaró probada la demanda e improbadas las reconvenciones así como las excepciones de falta de acción y derecho interpuestas, disponiendo que la Compañía de Seguros y Reaseguros Fortaleza S.A., pague a favor del actor el importe del seguro que le corresponde según la Cláusula 3 Sección III del Condicionado General de la Póliza (fs. 376 a 381).