SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0895/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0895/2012

Fecha: 22-Ago-2012

I.1.2. Alegatos de la otra parte

Edwin Orlando Riveros Baptista, Fiscal de Recurso, en representación del Ministerio Público, mediante escrito presentado el 24 de marzo de 2009 (fs. 5 a 8), interpuso recurso de reposición del proveído de 20 de igual mes y año, señalando que el recuso indirecto o incidental inconstitucionalidad presentado, basado en las normas de la Constitución Política del Estado abrogada, no podía asimilarse a la acción de inconstitucionalidad consagrada por las normas de los arts. 132, 133 y 202.I de la CPE; y que ya no estando previsto el recurso de inconstitucionalidad en la actual Norma Suprema, no debió considerarse el escrito del accionante, más aún si la revisión de este recurso no está contemplada en las atribuciones del Tribunal Constitucional Plurinacional y por tanto carece de sentido jurídico práctico la consideración del recurso.