Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0914/2012
Fecha: 22-Ago-2012
Fragmento 13
La acción de amparo constitucional, se encuentra desarrollada en la Sección II, en los arts. 128 y 129 de la CPE, y de su lectura se coligen dos principios esenciales que la caracterizan y que han sido desarrollados a través de la jurisprudencia emanada por este Tribunal, a decir la subsidiariedad y la inmediatez, al respecto, únicamente haremos referencia a la segunda, dado que nos concierne por ser de aplicación al caso que nos toca dilucidar.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Del principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
- III.3. Inicio del cómputo del plazo cuando se impugnan resoluciones judiciales o administrativas
- III.4.Análisis del caso concreto
- APROBAR