SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0918/2012
Fecha: 22-Ago-2012
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante, mediante su representante legal, manifiesta la lesión a los derechos a la defensa amparándose en los arts. “115 y 117” de la CPE; al debido proceso amparado por los “arts. 16, 13, 115 y 117” de la CPE, art. 8 del Pacto de San José de Costa Rica y art. 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; a la “presunción de inocencia” amparado por el “art. 116” de la CPE, así como por la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (CADH) Pacto de San José de Costa Rica, sin citar el artículo especifico y el art. 8 numeral 2 de la Ley 1430 de 11 de febrero de 1993; al juicio previo, amparado en el art. 117 de la CPE; al “Juez Natural” amparado por el art. 24 del “TRIBUNAL DE LAS FUERZAS CJ-RGA-205” (sic); y, a la “seguridad jurídica”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- DENIEGA
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.La acción de amparo y el principio de inmediatez
- III.3. Normativa militar especifica
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegar
- APROBAR