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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0930/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0930/2012

    Fecha: 22-Ago-2012

    II.3.

    II.3.   La Cámara de Diputados, firma contrato eventual con Frida Jhaqueline Huanca Acapa, con vigencia de 1 de abril de 2008 a 31 de enero de 2009, para el cargo de asesora técnica y otro de 12 de marzo a 31 de diciembre del citado año, para el cargo de Profesional II de la División de Planificación, posteriormente fue transferida a la Unidad de Administración de Personal (fs. 27 a 32 y 187).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Protección constitucional a la trabajadora embarazada
    • III.2.  Límites del contrato de trabajo a plazo fijo respecto a la trabajadora embarazada
    • contratos de trabajo pactados sucesivamente por un lapso menor al término de prueba o por plazos fijos que sean renovados periódicamente, adquirirán la calidad de contratos a plazo indefinido a partir de la segunda contratación y siempre que se trate de realización de labores propias del giro de la empresa
    • también podemos hablar de estabilidad laboral, si al vencimiento del término correspondiente persisten las actividades para las que el trabajador fue contratado o éste fue contratado en más de dos oportunidades sucesivas,
    • APROBAR

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