SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0931/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0931/2012

Fecha: 22-Ago-2012

1)

Los abogados del accionante se ratificaron in extenso en su demanda y ampliaron la misma en los siguientes términos: 1) Acreditan su personería jurídica con el “poder 1262 cursante a fs. 1, 12 y 13” (sic), del expediente, otorgado por Ángel Valda Choque y Justina Huanca de Valda -ahora representados-, dentro del proceso administrativo, más la tarjeta del folio real en original correspondientes a los copropietarios quienes otorgan el poder; 2) El bien inmueble fue adquirido mediante testimonio 481/2002 de 7 de mayo, documento que se registró en la entonces Alcaldía Municipal y no así en oficinas Derechos Reales (DD.RR.), por la existencia de un gravamen por más de quince años; y, 3) Se vulneró el debido proceso por que se sustanció el proceso administrativo con el USPA-1993 que quedó sin efecto legal, por ser abrogado con la aprobación del USPA-2007 de 27 de septiembre.