SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0933/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0933/2012

Fecha: 22-Ago-2012

III.4.1. Respecto al Tribunal de garantías

         Por otro lado el Tribunal de garantías, acerca del Comité Electoral indica que:“al haber anulado todo el proceso eleccionario en criterio de este tribunal está vulnerando la seguridad jurídica” (sic), de lo que se concluye que utilizó como fundamento para conceder en parte la tutela solicitada, habiendo realizado una interpretación equívoca de la Constitución Política del Estado y la jurisprudencia desarrollada por este Tribunala través de la SCP 324/2012 de 18 de junio, que indica: “la 'seguridad jurídica' en la Constitución Política del Estado vigente, ya no se encuentra contemplada como un derecho sino como un 'principio' por lo que no se puede solicitar la tutela del mismo”, a este respecto es preciso aclarar que si bien la jurisdicción constitucional no tutela la seguridad jurídica, no es menos cierto que la misma se constituye en un principio regulador de la administración de justicia como así lo reconoce la SC 1336/2011-R de 26 de septiembre, por lo que esto no debe escapar a la probidad con la que los jueces deben administrar justicia.