SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2012
Fecha: 22-Ago-2012
III.3. Análisis del caso concreto
La accionante alega la lesión de los derechos de la institución que representa a la propiedad, a la seguridad social y a la salud, por cuanto COSSMIL sería el legítimo propietario de los terrenos ubicados en la av. Santos Dumont y 6to anillo, unidad vecinal 115 ET-41, dentro de los predios denominados “el Palmar y Peji, zona sud La Colorada”; y, en compensación también de los lotes situados en la “U.V. 116” manzanas 60, 70 y ET-41; sin embargo, luego de una serie de hechos los ahora demandados el 19 de de marzo de 2010, avasallaron sus predios destruyendo carteles y el alambrado que lo protegía, ingresando en horas de la noche con maquinaria pesada para limpiar el lugar y propiciar su ilegal asentamiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- 4)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Ningún derecho real sobre inmuebles surte efectos contra terceros sino desde el momento en que se hace público
- APROB