Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0972/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.1.
II.1. En virtud de la Sentencia 53/2009 de 2 de mayo, el Juzgado de Partido Primero en lo Civil, conminó a las hoy accionantes al pago a sus acreedores Jorge Antonio Angulo Gómez y Liana Alejandra Ríos de Angulo la suma de doscientos veintiún mil cuatrocientos 00/100 bolivianos (Bs 221 400.-) (fs. 25 a 26), Resolución que fue notificada a las accionantes mediante cédula judicial (fs. 27, 28 y 29).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3.Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.4. Resolución
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza y alcance del amparo constitucional
- III.2. Sobre el debido proceso
- III.3. Alcances del control de constitucionalidad e interpretación de la legalidad ordinaria
- “`...Si bien la interpretación de la legalidad ordinaria debe ser labor de la jurisdicción común, corresponde a la justicia constitucional verificar si en esa labor interpretativa no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico, entre ellos, los de legalidad, seguridad jurídica, igualdad, proporcionalidad, jerarquía normativa y debido proceso
- APROBAR