SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0974/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0974/2012

Fecha: 22-Ago-2012

disponiendo de inmediato la libertad del imputado

        En consecuencia, emitido el requerimiento conclusivo de sobreseimiento, ratificado por el Fiscal Departamental y notificada la autoridad jurisdiccional competente, ésta debe librar el mandamiento correspondiente, disponiendo de inmediato la libertad del imputado, considerando que no existe nada por investigar; toda vez que, desapareció la persecución penal; por lo que en caso de incumplimiento, habrá lesión del derecho a la libertad, lo mismo en los casos en que existe demora o dilación injustificada. Así, la SCP 0110/2012 de 27 de abril, citando a su vez a la SCP 0015/2012 de 16 de marzo, estableció que: ”…los jueces y tribunales deben dirigir y resolver los casos sometidos a su conocimiento dentro de los plazos previstos por ley y, para el caso de no estar normados, desarrollar los actuados procesales dentro de un término razonable, por cuanto sus dilaciones indebidas y retardaciones injustificadas, atentaran los derechos fundamentales de las partes que van exigiendo mayor celeridad en la tramitación de sus causas” (las negrillas nos pertenecen).