CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1505/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III.
El accionante alega la vulneración de su derecho a una justicia pronta y “rápida” y a “pedir justicia con arreglo a la ley con seguridad jurídica”; por cuanto, presentó una denuncia ante el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato, por la venta de un vehículo Nissan, tipo Titán, existiendo dos transferencias; sin embargo, el Fiscal de Materia emitió Resolución de rechazo de la denuncia y querella, misma que fue ratificada por el Fiscal Departamental, por considerar que no existirían suficientes pruebas para sustentar la acusación. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- resulta absolutamente indispensable establecer los límites y alcances del control de constitucionalidad en relación a la valoración probatoria en la esfera de actuación del Ministerio Público, por cuanto, a la luz del caso concreto
- Fragmento 9
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR