SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1002/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1002/2012

Fecha: 05-Sep-2012

III.3. Análisis del caso concreto

La recurrente, pide la nulidad del Instructivo 16/10 de 21 de abril de 2010, emitido por Leny Jaidy Méndez Salas, Jefa Departamental de Trabajo a.i. de Tarija, alegando que dicha autoridad al haber emitido aquel Instructivo desvirtuó la propia naturaleza jurídica del mismo y creó obligaciones para terceras personas, convirtiéndolo en una norma jurídica creadora y generadora de obligaciones y usurpando funciones que no le competen.

Con carácter previo a la resolución de la problemática planteada, resulta menester recordar que el recurso directo de nulidad, es una acción jurisdiccional de control de legalidad para verificar si los actos o resoluciones de las autoridades públicas fueron dictados con jurisdicción y competencia, por lo que, su finalidad de acuerdo con lo establecido por el art. 122 de la CPE, es la de declarar expresamente la nulidad de los actos “…de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”; así, el art. 157 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), determina que procede este recurso contra todo acto o resolución de quien usurpe funciones que no le competen, así como contra los actos de quien ejerza jurisdicción o potestad que no emane de la ley.