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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2012

    Fecha: 05-Sep-2012

    “conceder”

    En consecuencia, por cuanto la situación planteada se encuentra dentro las previsiones y alcances de la acción de amparo constitucional, el Tribunal de garantías, al “conceder” la acción tutelar, con relación a la vulneración del derecho a la petición, ha efectuado una valoración correcta de los antecedentes procesales.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • d)
    • “concediendo”
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • III.2. El derecho a la petición: Contenido y requisitos
    • puede ser escrita u oral.
    • ante autoridad competente o pertinente
    • haber reclamado una respuesta y agotado las vías o instancias idóneas de esa petición ante la autoridad recurrida
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • “conceder”
    • APROBAR

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