Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1013/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente interpone recurso directo de nulidad contra la RA 010/2011 de 26 de septiembre que dispone su retiro definitivo sin derecho a reincorporación (baja), porque la Comisión de Régimen Disciplinario de la ESBAPOL de El Alto la emitió sin tener jurisdicción y competencia, toda vez que conforme a la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, su art.10, confiere esta competencia y atribución para conocer y resolver faltas leves, al Jefe de la unidad policial a la que pertenezca el infractor y no así a la Comisión de Régimen Disciplinario de la ESBAPOL.
- I.1. Antecedentes
- I.2. Admisión y citaciones
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el recurso directo de nulidad
- III.2. Aplicación de la Ley 1836 del Tribunal Constitucional en el caso presente
- dentro del plazo de treinta días
- cuyo plazo, al no ser de carácter procesal, debe ser computado en días calendario.
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5.
- IMPROCEDENTE