Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1046/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.13.
II.13. Juan Elías Lazarte, el 12 de noviembre de 2009 mediante un oficio, solicita reconsideración de la suspensión de la segunda acción, indicando que es una determinación arbitraria, que la Resolución del Tribunal de Honor de la Federación de Auto Transporte, tiene calidad de cosa juzgada (fs. 64).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II.15.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcance
- III.2. Sobre el derecho al trabajo
- Fragmento 17
- III.3.
- APROBAR