SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1051/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1051/2012

Fecha: 05-Sep-2012

1)

Modesto Palacios Cruz, Presidente del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, mediante el informe escrito cursante a fs. 410 a 411 vta., así como en audiencia, por intermedio de su abogado manifestó: 1) El proceso disciplinario que se siguió contra el accionante fue instaurado en razón a que el 13 de marzo de 2009, emitió declaraciones y dio información a PAT sin observar el conducto regular autorizado, toda vez que no solicitó la autorización correspondiente al Comando General de esa institución, emitiendo juicios que afectaron a la dignidad y decoro de su institución y del Comandante de ese entonces, por lo que se inicio investigación en la DNRP conforme a procedimiento, habiéndose emitido la acusación correspondiente por el Fiscal Policial contra del accionante por haber infringido las previsiones del art. 6 inc. a) núm. 30 e inc. d) núm. 21 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional, habiéndose remitido actuados a Santa Cruz para iniciarse el proceso oral, público, continuo y contradictorio emitiéndose la Resolución 217/09 sancionándolo con la baja definitiva de la Policía, habiendo presentado recurso de apelación sin cumplir con los requisitos establecidos en el art. 126 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus sanciones de la Policía Nacional, el cual previo trámite fue desestimado, por lo que el Tribunal Disciplinario Superior emitió la Resolución 005/2010 aprobando la Resolución 217/09; y, 2) En todo el proceso investigativo, desde su inicio hasta la conclusión, se respetaron los derechos y principios constitucionales del accionante, habiendo tenido la oportunidad de defenderse, de apelar y presentar prueba de descargo, por lo que solicita se deniegue la acción de amparo.