Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1079/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.1.
II.1. El 9 de septiembre de 2011, Jonh Alexander Tamayo Aranda, solicitó audiencia de cesación a la detención preventiva, la cual fue señalada para el 23 de igual mes y año, acto que habiendo sido instalado, fue suspendido por inasistencia del Ministerio Público, la acusación particular y el abogado de la defensa (fs. 10 a 12).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- preventivo:
- III.2. El principio de celeridad y su vinculación con el debido proceso
- eficacia
- III.3. Aplicación del principio de celeridad en el trámite de cesación de la detención preventiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR