SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1094/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1094/2012

Fecha: 05-Sep-2012

III.3.  Análisis del caso concreto

La accionante denuncia que su representado se encuentra indebidamente procesado, toda vez que, el Juez demandado ocasionó una demora y dilación indebida en la consideración de su solicitud de cesación a la detención preventiva, por cuanto la audiencia señalada para el efecto fue suspendida en tres oportunidades, debido a causas atribuibles a éste: la primera debido a que la mencionada autoridad judicial, no emitió el oficio de conducción del imputado a la audiencia señalada, la segunda porque el Juzgado a su cargo, no realizó la notificación a la Defensoría de la Niñez Adolescencia y la tercera, debido a la recusación interpuesta por la parte querellante contra la mencionada autoridad judicial, quien no remitió los antecedentes al juzgado siguiente en número a efecto del cumplimiento del trámite de recusación, por lo que desde la última audiencia han transcurrido diecisiete días, sin que éstos hayan sido enviados, significando una retardación de justicia e incumplimiento de deberes por parte de la referida autoridad.