SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1113/2012
Fecha: 06-Sep-2012
el objeto
En este estado de cosas, corresponde ahora precisar con claridad el objeto y la causa de la petición de tutela; en ese orden, se tiene que el objeto de la presente acción de amparo, es la petición de tutela constitucional para el resguardo de los derechos del accionante al debido proceso, a la defensa, los principios de impugnación y legalidad; la causa, haber declarado ilegal la compulsa interpuesta por su parte, considerando que el recurso de apelación en el efecto suspensivo interpuesto por su parte contra la Resolución de 4 de mayo de 2012, fue concedido en el efecto devolutivo que privó su derecho al recurso de casación. En consecuencia, en base a los aspectos antes señalados, se analizará si en el presente caso, corresponde conceder o no la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- el objeto
- III.1. Sobre la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- tendrá legitimación activa quien sea titular de uno de los derechos fundamentales o garantías constitucionales establecidas en la Constitución Política del Estado
- es preciso que toda persona que recurre en busca de la tutela que otorga dicha garantía constitucional acredite debidamente su legitimación activa; es decir, que demuestre conforme exige el ordenamiento jurídico, que los efectos del acto ilegal o indebido que denuncia hubieran recaído directamente en un derecho fundamental suyo
- 5)
- III.2. Análisis del caso concreto
- REPRESENTANTE LEGAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO EL CONSTRUCTOR LTDA
- 2)