SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2012
Fecha: 06-Sep-2012
Fragmento 10
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 020/2012 de 21 de agosto, cursante de fs. 46 a 49, pronunciada por el Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz; y, en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- (INCOMPARECENCIA DEL DENUNCIADO). Cuando sin causa justificada no comparezca el denunciado, habiendo sido citado legalmente, el juez dispondrá su comparecencia con la ayuda de la fuerza pública
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 10