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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1132/2012

    Fecha: 06-Sep-2012

    II.2.

    II.2.  La autoridad jurisdiccional señaló nueva audiencia para el 24 de julio de 2012, a horas 14:50, en la cual se informó no estar presente el denunciado, determinando el Juez en aplicación del art. 31 de la Ley 1674, se expida mandamiento de aprehensión a efectos de que sea conducido a su despacho judicial, del que la defensa pidió sea dejado sin efecto por haber llegado con retraso al actuado procesal (fs. 16 a 17 vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
    • (INCOMPARECENCIA DEL DENUNCIADO). Cuando sin causa justificada no comparezca el denunciado, habiendo sido citado legalmente, el juez dispondrá su comparecencia con la ayuda de la fuerza pública
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 10

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