SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1147/2012
Fecha: 06-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció como lesionados sus derechos al debido proceso, al acceso a la justicia y a la tutela efectiva; toda vez que, el Juez de primera instancia emitió la Sentencia 13/2010 de 18 de marzo, declarando improbada la demanda de interdicto de adquirir la posesión interpuesta por Wendy Vega Palza; y probada la oposición formulada por Mario Alberto Rivera Sáenz -accionante-; sin embargo, la tercera interesada apeló la referida Resolución, siendo resuelta por el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial de El Alto, a través del Auto de Vista 103/2010 de 5 de junio, anulando obrados, hasta que se designe un nuevo perito. En consecuencia, corresponde en revisión verificar, si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso
- las resoluciones que emiten las autoridades judiciales, deben exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de esas resoluciones, exigencia que se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación o casación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades inferiores…'.
- debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- III.3. Debido proceso y congruencia
- III.4. Pertinencia del auto de vista o resolución de segunda instancia
- APROBAR