SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1169/2012
Fecha: 06-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de su derecho al debido proceso y al principio de la seguridad jurídica, por cuanto los Ministros de la Corte Suprema de Justicia ahora demandados, sin respetar turnos e incurriendo en errores procesales emitieron el Auto Supremo 036 de 17 de febrero de 2010, en el que se advierte la falta de coherencia, indebida motivación y absoluta falencia de fundamentación, asimismo omitieron cumplir con las reglas de interpretación de admisibilidad del recurso. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3. La interpretación de la legalidad corresponde a la jurisdicción ordinaria
- III.4. Límites de la jurisdicción constitucional con relación a la ordinaria
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR