SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2012
Fecha: 06-Sep-2012
a)
El abogado del accionante, se ratificó en el tenor íntegro de su demanda e hizo las siguientes complementaciones: a) El recurso de revocatoria, fue rechazado por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Electrificación a través de la Resolución AE 063/2009; posteriormente, se interpuso el recurso jerárquico ante el Ministerio de Hidrocarburos y Energía que conforme al DS 071, es la entidad encargada de resolver los recursos jerárquicos; b) Mediante RM RJ 009/2010 y Auto complementario de 21 de abril de 2010, el Ministerio de Energía e Hidrocarburos, desestimó dicho recurso por haberse interpuesto fuera del plazo establecido en el parágrafo II del art. 66 de la LPA, lesionando los derechos de EMPRELPAZ S.A.; c) El art. 21.III de la Ley antes mencionada, dispone un plazo adicional de cinco días para las personas que tengan domicilio en municipio distinto al de la sede de la entidad pública y, el domicilio de la Empresa conforme a la escritura de constitución es la ciudad de El Alto, por lo que, debía aplicarse el plazo adicional; d) La Empresa fue notificada mediante cedulón el 3 de agosto de 2009, consecuentemente con los cinco días adicionales el plazo fenecería el 25 de agosto, considerando que el 6 de agosto es feriado, deduciéndose que el recurso fue presentado dentro del término hábil y oportuno; e) La autoridad demandada señaló que desde el 12 de febrero de 2009, en la ciudad de El Alto existe una oficina regional de la autoridad de electricidad; por consiguiente, no se aplicaría el plazo adicional; f) El 9 de marzo de 2009, posterior a la fecha de funcionamiento de la oficina regional en el Alto, la Empresa acogiéndose a los cinco días de plazo, presentó ante la Autoridad de Fiscalización el recurso de revocatoria, que fue desestimado, pero no por presentación extemporánea; es decir, que la autoridad aceptó plenamente la aplicación de los días adicionales; y, g) En el Alto, existe una oficina regional denominada Oficina de Protección al Consumidor, cuya finalidad es atender los reclamos de los usuarios por efectos de la prestación de servicios de energía eléctrica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- a)
- conceder
- Fragmento 6
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Recursos, término y plazos en procedimiento administrativo
- se interpone ante el órgano administrativo superior del órgano que dictó el acto
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR