SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1171/2012
Fecha: 06-Sep-2012
III.2. Recursos, término y plazos en procedimiento administrativo
La SC 2271/2010-R de 19 de noviembre señala que el recurso administrativo es: ”'La reclamación que un particular, tratase de persona individual o abstracta, formula contra un acto o resolución de la Administración pública, y ante ella, para solicitar su reforma, revocación o nulidad. Cabe plantearlo ante el órgano o funcionario que ha adoptado la medida o ha tomado una resolución, (…) para que se deje sin efecto, en grado mayor o menor, lo que se impugna; o el recurso jerárquico, unas veces tras el trámite previo anterior, o expedito en ciertas circunstancias ante el superior (…)'. (Guillermo Cabanellas, Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, Tomo VII, Editorial Heliasta, 23ª Edición Revisada, Actualizada y Ampliada, pág. 53).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- a)
- conceder
- Fragmento 6
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Recursos, término y plazos en procedimiento administrativo
- se interpone ante el órgano administrativo superior del órgano que dictó el acto
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR