SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1194/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1194/2012

Fecha: 06-Sep-2012

1)

Miguel Ángel Romero Argote en representación legal de Carlos Edwin Crespo Bustillo, Víctima dentro del proceso penal, quién no asistió a la audiencia, expresó: “me voy a permitir presentar este informe en representación del Dr. Carlos Edwin Crespo Bustillo” (sic), consecuentemente por Secretaría de Cámara se dio lectura al mismo, el cual cursa de fs. 34 a 35 vta., donde sostiene: 1) “Los derechos del mandante” a un juicio como víctima deben ser respetados; por lo que, pidió la denegación de la acción planteada; 2) El Auto de fecha 11 de noviembre de 2009, que desestimó el incidente de nulidad de notificación confirmó que la diligencia fue practicada a cabalidad con todos los requisitos previstos en el art. 163 del CPP, adecuándose a las dimensiones de lo que constituye el debido proceso, seguridad jurídica y tutela jurídica efectiva; 3) Notificada legalmente la actora con el Auto que desestima el incidente, ésta no lo observó, más al contrario, consintió los supuestos actos vulneratorios; en consecuencia la negligencia y descuido no puede ser subsanada a través de esta acción, pues el art. 163 del CPP establece que, se debe notificar personalmente a las partes y este requisito se ha cumplido al entregarle personalmente la querella el 26 de septiembre del citado año, de manera que, la accionante tenía conocimiento de la existencia del proceso por la notificación personal por que se aseguró su recepción por parte del destinatario y que también fue de conocimiento de su abogado; y, 4) Con referencia al contrato de alquiler, hace notar que el  único documento válido para la relación entre el inquilino y el propietario son los recibos de alquiler, por los que, se demuestra los derechos y obligaciones entre propietario e inquilino. En la presente acción no se demuestra con ningún recibo aquella relación entre las partes y se pretende disfrazar un incierto arrendamiento sin cumplir con los requisitos.