Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1194/2012
Fecha: 06-Sep-2012
APROBAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, en revisión resuelve: APROBAR la Resolución de 5 de agosto de 2010, cursante de fs. 37 a 40 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba; y, en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- APROBAR