SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1219/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1219/2012

Fecha: 06-Sep-2012

II.4.

II.4. Por la nota que cursa a fs. 61, sin fecha o cargo de recepción alguno, el Director de la Clínica Aranda informó a la Fiscal de Materia asignada al Organismo Operativo de Tránsito, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Justo Mattos Quispe, que: i) Ronald Mauricio Jiménez Cáceres fue operado en dos oportunidades por craneotomía “ub-siguiente a hematomas intra cerebrales post-traumáticos”; ii) El monto establecido por el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT) a la fecha habría sido superado; iii) La deuda a la Clínica Aranda por los servicios prestados, no fue cancelado ni por Justo Jaime Mattos Quispe, ni sus familiares, tampoco éstos presentaron garantía; y, iv) El paciente Ronald Mauricio Jiménez Cáceres, se encuentra internado en la Clínica Aranda recibiendo atención médica necesaria, restando simplemente que a tiempo de retirarse pague a la clínica el monto de los servicios prestados, o bien otorgue las garantías necesarias y suficientes.