Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1236/2012
Fecha: 17-Sep-2012
II.4.
II.4. Mario Rolando y Jorge Antonio Vargas Paniagua, mediante memorial presentado el 30 de noviembre de 2007, ante el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, se apersonaron adjuntando declaratoria de herederos ante el fallecimiento de su padre Antonio Vargas Vallejos, por lo que dicha autoridad en aplicación del art. 55 del CPC, suspendió la tramitación del proceso por el término de treinta días para que éstos se apersonen al proceso y asuman defensa en el estado en que se encuentra el mismo (fs. 97 a 106).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 8
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR