Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1267/2012
Fecha: 19-Sep-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el proceso penal seguido en su contra a querella de Anastasio Rosso Padilla, por la presunta comisión del delito de estafa y otros; por Auto Interlocutorio de 29 de marzo de 2012, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca, dispuso medidas sustitutivas a su detención preventiva. Por su parte, el querellante interpuso recurso de apelación incidental, que fue resuelto por los Vocales ahora codemandados, a través del Auto de Vista 110/“11” de 20 de abril de 2012, revocando la Resolución impugnada, ordenando su detención preventiva en el penal de San Roque, por lo que actualmente se encuentra privado de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y la tutela del debido proceso
- en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción;
- III.2. La apelación incidental y la labor del Tribunal de alzada
- (Competencia).
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR