SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1271/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1271/2012

Fecha: 19-Sep-2012

III.2.La acción de amparo constitucional y su legitimación pasiva

            El Código Procesal Constitucional, en su Disposición Transitoria Primera estableció que: “El Código Procesal Constitucional entrará en vigencia a partir del 6 de agosto del año 2012” y en la disposición segunda dispuso que: “una vez, entre en vigencia, se aplicará para el régimen de liquidación de causas establecido en la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011”.