SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1276/2012

Fecha: 19-Sep-2012

concedió

El Juez Mixto de Partido y Sentencia Penal de la provincia Manuel María Caballero, en suplencia legal de su similar de la provincia Florida del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 12 de octubre de 2010, cursante de fs. 113 a 115, por la que concedió el amparo constitucional, en base a los siguientes fundamentos: Se tienen dos solicitudes de reconsideración de resoluciones municipales sin contar con respuesta alguna, sin embargo, adjuntaron una convocatoria a sesión que no se realizó, porque los mismos se hicieron presentes en la audiencia de acción de amparo constitucional, y conforme lo establece el art. 22 de la LM, el Concejo Municipal, tiene la facultad de reconsiderar las Ordenanzas y Resoluciones Municipales, aunque no establece el tiempo, así como tienen la facultad de convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias conforme el art. 15 de la LM y pueden sesionar en otros lugares que no sean precisamente el edificio Municipal, siempre cumpliendo con la normativa legal.