SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1283/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1283/2012

Fecha: 19-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Cuando se encontraba desempeñando las funciones de Responsable Nacional de Créditos en el Fondo de Crédito Solidario (FONCRESOL), fue notificada con el memorándum 013-MEM de 1 de septiembre de 2010, haciéndole conocer que había sido despedida de acuerdo a la cláusula cuarta del contrato, con el argumento de que incurrió presuntamente en la causal prevista en los arts. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT) y 9 de su Reglamento y por haber incumplido con la cláusula segunda del mencionado contrato.

Revisadas las normas legales citadas en el memorándum, éstas no fueron debidamente comprobadas; por lo que, presentó denuncia ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, el mismo día de su despido; citando esta institución al Gerente General de FONCRESOL, ahora demandado, con la finalidad de que aclare el contenido del memorándum; realizándose de esa manera una audiencia de conciliación el 7 de septiembre de 2010, donde el demandado mostró un par de llamadas de atención a la accionante, por incumplimiento de funciones, las que fueron “inmediatamente desvirtuadas” por ésta, quien pedía su inmediata reincorporación o restitución a su fuente laboral, solicitud que fue negada rotundamente por el demandado; negándose la accionante a recoger sus beneficios sociales; los cuales, fueron depositados en la cuenta del Ministerio de Trabajo. 

Ante esta situación, el Jefe Departamental de Trabajo emitió memorándum de conminatoria de reincorporación inmediata de la accionante conforme ordena el Decreto Supremo (DS) 0495 de 1 de mayo de 2010, a su lugar de trabajo en FONCRESOL, con el respectivo pago de los salarios devengados y demás derechos sociales actualizados a la fecha; la cual no fue acatada por el demandado. Por lo expuesto, considera que vulneró sus derechos, toda vez que fue retirado de su fuente laboral de forma injustificada.