SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2012
Fecha: 19-Sep-2012
conocía de la Resolución, debiendo apelar la resolución si tenía motivos
Justifica sus actos la autoridad demandada, indicando que no tenía conocimiento de la Resolución que declaró probada la excepción de cosa juzgada en el momento de emitir mandamiento de aprehensión; sin embargo, revisados los datos se constata que el Fiscal, asistió a la audiencia que resolvió el incidente de cosa juzgada; consecuentemente, conocía de la Resolución, debiendo apelar la resolución si tenía motivos y no emitir un mandamiento de aprehensión, si bien es cierto que no tenía la calidad de cosa juzgada y se podía impugnar, la autoridad demandada no actuó conforme al procedimiento; el art. 225 de la CPE, señala: que el “Ministerio Público defenderá la legalidad y los intereses generales de la sociedad, (…) ejercerá sus funciones de acuerdo con los principios de legalidad, oportunidad, objetividad, responsabilidad, autonomía, unidad y jerarquía”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 11
- III.2. En cuanto a la persecución ilegal o indebida
- persecución ilegal o indebida es toda '… acción de un funcionario público o autoridad judicial que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno
- emisión de una orden de detención, captura o aprehensión al margen de lo previsto por ley
- se establece que la persecución ilegal o indebida, debe ser entendida como toda acción ilegal cometida por un funcionario público o un particular, conducta que implica una manifiesta y evidente persecución, acoso, búsqueda u hostigamiento, sin que exista una justa causa fundada en derecho, destinada a suprimir, restringir, perturbar o limitar el derecho a la libertad física
- III.3. Análisis del caso concreto
- “no le notificaron formalmente”
- conocía de la Resolución, debiendo apelar la resolución si tenía motivos
- el Fiscal estuvo presente en la audiencia del citado incidente
- Dentro de sus funciones se encuentra la de defender la legalidad y los intereses generales de la sociedad, a través del ejercicio de la acción penal pública en los términos establecidos en la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados Internacionales vigentes y las leyes,
- ordenando se haga la “boletita” (que es una papeleta de arresto temporal) que no se registra en los partes diarios que se elevan a los superiores
- Valentina Quispe Huayllucu,
- CONFIRMAR