SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1329/2012
Fecha: 19-Sep-2012
i)
A su turno la investigadora asignada al caso, Jheovana Laura Huanca, informó: i) La Fiscal, Mery Gutiérrez, el 16 de agosto de 2012, requirió se notifique a Valentina Quispe Huayllucu a objeto de prestar su declaración ampliatoria, por lo que, ésta fue notificada personalmente pero no se presentó; ii) Posteriormente, le pasaron el cuaderno de investigación con la orden de aprehensión, procediendo a ejecutar la misma el 28 de agosto de 2012, a horas 16:30, con la obstaculización de los abogados de Valentina Quispe Huayllucu, llegando a la FELCC de El Alto a las 17:30, el Fiscal le leyó sus derechos y la aprehendida se acogió al derecho de silencio, por lo que se han llenado sus datos; y, iii) Fue amenazada, intimidada y agredida verbalmente, por los abogados de la ahora representada, sintiéndose denigrada como madre de familia y como mujer. En ningún momento ha vulnerado derechos constitucionales, porque la hoy representada no ingresó a las celdas de la Policía Boliviana, ahí está el registro.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 11
- III.2. En cuanto a la persecución ilegal o indebida
- persecución ilegal o indebida es toda '… acción de un funcionario público o autoridad judicial que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno
- emisión de una orden de detención, captura o aprehensión al margen de lo previsto por ley
- se establece que la persecución ilegal o indebida, debe ser entendida como toda acción ilegal cometida por un funcionario público o un particular, conducta que implica una manifiesta y evidente persecución, acoso, búsqueda u hostigamiento, sin que exista una justa causa fundada en derecho, destinada a suprimir, restringir, perturbar o limitar el derecho a la libertad física
- III.3. Análisis del caso concreto
- “no le notificaron formalmente”
- conocía de la Resolución, debiendo apelar la resolución si tenía motivos
- el Fiscal estuvo presente en la audiencia del citado incidente
- Dentro de sus funciones se encuentra la de defender la legalidad y los intereses generales de la sociedad, a través del ejercicio de la acción penal pública en los términos establecidos en la Constitución Política del Estado, las Convenciones y Tratados Internacionales vigentes y las leyes,
- ordenando se haga la “boletita” (que es una papeleta de arresto temporal) que no se registra en los partes diarios que se elevan a los superiores
- Valentina Quispe Huayllucu,
- CONFIRMAR