SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1339/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1339/2012

Fecha: 19-Sep-2012

III.3.

Al respecto la SCP 0271/2012 de 4 de junio señaló que: “Uno de los aspectos contenidos en el derecho a la defensa constituye el conocimiento previo, detallado y comprensible acerca del objeto del proceso por parte de la persona contra la que se dirige una demanda, por resultar esencial para el ejercicio del resto de las garantías que conforman el derecho al debido proceso. En ese entendido la Constitución Política del Estado tiene previsto a través de su art. 129.III que 'La autoridad o persona demandada será citada en la forma prevista para la acción de libertad…', que en relación al art. 126.I de la norma fundamental citada instituye que dicha citación se practicará a la autoridad o a la persona denunciada en forma personal o por cédula.