SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1339/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1339/2012

Fecha: 19-Sep-2012

por lo que practicar la citación por edictos resulta ciertamente contradictoria y en cierto modo, lesiva del derecho a la defensa

En el caso de supuestas vulneraciones frente a medidas de hecho, tal exigencia resulta aún más indiscutible, pues se entiende que los demandados pueden ser habidos en determinado lugar, por lo tanto citados personalmente, ya que es precisamente su permanencia la que constituye la vulneración que se solicita sea reparada a través de la tutela constitucional, por lo que practicar la citación por edictos resulta ciertamente contradictoria y en cierto modo, lesiva del derecho a la defensa (las negrillas son nuestras).