SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1347/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1347/2012

Fecha: 19-Sep-2012

II.1.

II.1.    Hugo De La Fuente Virues, Director Jurídico de la entonces Superintendencia de Hidrocarburos mediante nota de 28 de septiembre de 1998, dirigida al Jefe de Administración y Finanzas de dicha entidad, señalo que si bien es cierto que la accionante acumula en atrasos una cantidad mayor a lo establecido, correspondiendo el descuento, por otro lado, “compensa abundantemente los atrasos señalados” (sic), quedándose como promedio hasta las 20:00 horas, concurriendo inclusive los sábados, solicita que sus retrasos sean compensados por ese trabajo realizado, además que debería pagársele horas extras (fs. 15).