SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1347/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1347/2012

Fecha: 19-Sep-2012

II.2.

II.2.   A través de nota de 30 de noviembre de 2001, Hugo de La Fuente Virues, transmite a la accionante las felicitaciones del “Señor Superintendente de Hidrocarburos” adjunta nota, por su buen desempeño, esmero y responsabilidad demostrada en la Resolución dentro del trámite de concesión de transporte para el gaseoducto “GASYRG”, expresándole también sus felicitaciones por su eficiente trabajo; asimismo, mediante memorándum RRHH 0354/2005 MEM, felicitó y agradeció a la accionante por todo su esfuerzo, dedicación y compromiso demostrado en los operativos de dicha entidad a raíz del desabastecimiento de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en las ciudades de La Paz y el Alto, en octubre de dicho año, señalando “Este tipo de actitudes son los que nos permiten afirmar que el personal que forma parte de la Superintendencia de Hidrocarburos es de Excelencia” (sic) (fs. 20 a 23).

II.2.    Mediante memorándum RRHH 0073/2005 MEM de 20 de mayo, Eduardo Lizarazu Baptista comunicó a la accionante que en la evaluación de desempeño calificó con 81,75 puntos equivalente a excelente, indicándole que desempeñará las funciones de Asistente Ejecutiva con el item 186 correspondiente a despacho Intendencia, felicitándola por su desempeño y complacencia por sus resultados, rogándole mantener la misma “vocación de servicio” (fs. 22).