SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1347/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.5.
II.5. Mario Adrián Martínez, Superintendente Interino de Hidrocarburos mediante memorándum RRHH 0026/2008 MEM de 25 de enero, comunicó a la accionante que de acuerdo a resultados del proceso de reclutamiento y selección de la convocatoria pública interna RRHH 0009/2007 Asistente Ejecutiva-Intendencia, ejecutada en el marco de las Resoluciones Administrativas SSC-049/2006 y SSC-060/2005 de la entonces Superintendencia de Servicio Civil, cumplió el requisito de regularización de concurso de méritos y examen de competencia para ser incorporada a la carrera administrativa, por lo que se dispuso permanezca en dicho cargo, deseándole éxito en el desempeño “eficiente” de sus funciones; mediante memorándum RRHH 0230/2008 MEM se le comunicó que de acuerdo a los resultados de la evaluación de confirmación para realizar el nivel de desempeño alcanzado por su persona durante el periodo de prueba de tres meses, fue ratificada en el puesto de Asistente Ejecutiva-Intendencia, dependiente de la entonces Intendencia de Hidrocarburos (fs. 47 y 49).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- DENIEGA
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- .
- III.2. Situación de los funcionarios provisorios en las entidades públicas
- III.3.
- APROBAR