Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1350/2012
Fecha: 19-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la vulneración de los derechos de sus representados a la seguridad social, a la vida, a la salud, a la continuidad de los medios de subsistencia, “al proteccionismo” (sic) y a la “seguridad jurídica”, toda vez que habiendo solicitado al ahora demandado, la pensión por muerte que les corresponde a éstos sus representados, el mismo rehuyó cumplir con el pago solicitado, indicando que vez concluido el proceso judicial que se tramita contra el empleador del afiliado fallecido, se procedería a pagar recién la pensión solicitada. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de la persona demandada
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La seguridad social a largo plazo con relación a la prestación por muerte
- III.3. La falta de transferencia oportuna de aportes de los trabajadores a las AFPs.
- III.4. Derecho a la seguridad social, con relación al principio de subsidiariedad
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR