Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1376/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.3.
II.3. A cuya consecuencia el 8 de abril de 2010, el SENASIR de Oruro como denunciante formuló recurso de apelación (fs. 25 a 26 vta.), mereciendo el Auto de Vista 13/2010 de 7 de junio, emitido por la Sala Penal Segunda compuesta por los Vocales Juan Domingo Encinas Ferrufino y Félix Lafuente Aspiazu, en el que se dispuso la anulación de actuados hasta el vicio más antiguo (fs. 32 a 33 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- deniega
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR