SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1405/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1405/2012

Fecha: 19-Sep-2012

III.2.  Del derecho al trabajo y salario justo

Como se advierte, la Constitución Política del Estado (CPE), desarrolla de manera amplia el derecho al trabajo, el cual, de acuerdo a la norma transcrita tiene diversos componentes; entre ellos, el trabajo digno con salario justo, equitativo y satisfactorio que asegure una existencia digna; una fuente laboral estable, y la protección estatal al ejercicio del trabajo.

La estabilidad laboral hace referencia a la permanencia en un puesto de trabajo sin que pueda ser despedido sin justa causa y por las razones expresamente señaladas por la Ley; estabilidad laboral que, de manera general, se extiende también a los servidores y servidoras públicas, siempre y cuando se cumplan con determinados requisitos previstos en la Ley, conforme se pasa analizar en el siguiente punto”.

Bajo este mismo contexto, la SC 2393/2010-R de 19 de noviembre, establece que al derecho al trabajo y a una remuneración justa como: ”Derecho de naturaleza social y económica que significa la potestad o derecho que tiene toda persona según su capacidad y aptitudes, a buscar un trabajo, postularse o acceder al mismo, y mantenerlo, claro está de conformidad a las circunstancias y exigencias del mismo, y según el orden normativo que lo regula, de tal manera que en base a este derecho quien desarrolla la actividad física o mental también tiene derecho a una remuneración o salario justo y equitativo con el fin de procurarse su propia manutención como la de su familia, para subsistir en condiciones mínimas de dignidad humana”.