Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1450/2012
Fecha: 24-Sep-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
con el informe elaborado por la Trabajadora Social del Servicio Departamental de Gestión Social (SEDEGES), también a requerimiento Fiscal, el cual no mereció ninguna valoración por las autoridades demandadas y que tampoco se tomaron en cuenta otras pruebas como ser el certificado de Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) y la certificación del Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT), por lo que al no considerar la prueba presentada convirtieron al detención preventiva en un cumplimiento de una pena anticipada.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad
- III.1.1. La acción de libertad en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- Fragmento 11
- III.2. Respecto a la valoración de la prueba
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR