SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1453/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1453/2012

Fecha: 24-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

COSETT Ltda., el mes de marzo, publicó la primera convocatoria por Invitación Directa 06/2012, para la “Edición de las guías telefónicas para COSETT gestión 2013”, empero, a través de la Resolución del Consejo de Administración 31/2012 de 20 de marzo, se declaró desierta dicha convocatoria, y se dispuso incluir las recomendaciones sugeridas por la Comisión Calificadora, instruyendo a la Gerencia General de dicha cooperativa, realizar un nuevo proceso licitatorio. Dicha Resolución quedó ejecutoriada, y es de cumplimiento obligatorio, toda vez que no fue objeto de impugnación en el plazo establecido en el art. 43 del Manual de Procedimientos Internos para la contratación de bienes, obras y servicios.

Refiere también que, el 28 de marzo de 2012, se dio inicio al nuevo proceso de licitación, a través de la publicación de la primera convocatoria para la licitación pública 05/2012 “Edición de las Guías Telefónicas para COSETT, gestión 2013” (sic), donde las recomendaciones efectuadas por la comisión de Calificación constituyen parte de esta última licitación.

Por Resolución del Consejo de Administración 43/2012, el 3 de mayo del mismo año, se adjudicó la misma a la Editorial y Empresa de Comunicaciones “IDEA S.R.L.”, por lo que el 22 de mayo de 2012, el proponente RUAL PRODUCCIONES Y MARKETING interpuso recurso de impugnación contra las Resoluciones del Consejo de Administración 31/2012 y 43/2012 antes referidas.

Manifiesta también que, el 4 de junio de 2012, la empresa que representa, envió carta notariada a la Presidenta del Consejo de Administración de COSETT Ltda., en la que se advirtió sobre la posible comisión de hechos irregulares dentro el proceso licitatorio, y en respuesta el 4 de junio de 2012, a través del CITE C.A. 215/2012, COSETT Ltda., comunicó, que el Consejo de Administración resolvió aceptar el recurso de impugnación presentado por la empresa RUAL PRODUCCIONES Y MARKETING

El 5 de junio de 2012 IDEA S.R.L., a través de carta notariada diligenciada el 6 de igual mes y año, comunicó a la Presidenta del Consejo de Administración de COSETT Ltda., la omisión deliberada de notificar a su empresa con la Resolución de adjudicación, el recurso de impugnación y posteriores actos administrativos ilegales y fraudulentos que restringieron sus derechos constitucionales de acceso a la información y legítima defensa, habiendo solicitado fotocopias legalizadas de la documentación relativa al proceso de contratación, la misma fue omitida por la Presidenta del Consejo referido.